CIVIL

ACCIONES GENERALES DE DERECHO CIVIL:
  • RELATIVOS A LAS PERSONAS:
    • Declaraciones de ausencia y de fallecimiento por desaparición.
    • Incapacitación jurídica ( en supuestos de demencia y similares) y nombramiento de tutor.
    • Formación de inventario de bienes del incapaz y dación de cuenta de la gestión del tutor. 
    • Curatela y prohibiciones de acceso a lugares de juego en supuestos de ludopatía.
    • Reclamaciones de determinación y declaración de filiación (de ser posible una determinación pactada, le facilitamos un laboratorio para estudio de ADN).
    • Reclamación de alimentos entre parientes…/
  • En materia de DAÑOS:
    • Daños y lesiones en accidente de tráfico
    • Cálculo y propuesta de transacción a la Compañía de Seguros del vehículo causante.
    • Cuantificación de indemnización por tiempo de incapacidad y secuelas mediante valoración médico-legal (informe de valoración de daño corporal cuando el supuesto lo requiere).
    • Reclamaciones por fallecimiento (con posibilidad de aportación de Informe de Reconstrucción del Accidente, de ser ello necesario).
    • Reclamación de ocupantes del vehículo frente al conductor del mismo.
    • Reclamación de ocupantes de transporte público.
    • Reclamación del coste de asistencia jurídica con cargo a la aseguradora hasta el límite pactado en la póliza. La libertad de elección de Abogado y Procurador no puede limitarse por la Aseguradora en aplicación del artº 76 d) de la Ley 50/1.980 de Contrato de Seguro.
    • Reclamación de daños y lesiones causados por tercero: responsabilidad paterna por daños causados por menores; empleados de hogar o personal dependiente; daños causados por animal asegurado.
    • Reclamaciones relativas a seguro de vida y hogar
Hoy trabajo  para el particular desde mi experiencia como antiguo abogado de las Compañías de Seguros “AGF-UNIÓN FÉNIX”, “Allianz”, y “Assicurazioni GENERALI”.

  • RELATIVOS A LOS BIENES:
    • Adquisición de la propiedad por accesión: construcciones extralimitadas
    • Deslinde y amojonamiento de fincas propias.
    • Constitución de comunidades de bienes.
    • División de bienes en copropiedad.
    • Reconocimiento o extinción de servidumbres: de paso, de aguas pluviales, de luces y vistas.
    • Distancias para construcciones y plantaciones, y todas las cuestiones relativas a la vecindad de fincas y medianería: inmisión –entrada- de aguas, humos, arbolado y otros.
    • Paralización de obra nueva e interdictos de retener y recobrar la posesión.
    • Donaciones y contratos de vitalicio…

  • OBLIGACIONES Y CONTRATOS:
o    Asesoramiento integral en todas las fases del contrato: negociación previa, y adaptación del clausulado a las necesidades específicas del cliente hasta su resolución, renovación o subrogación.

Estos son sólo algunos de los supuestos en los que he trabajado en dos décadas de dedicación al Derecho Civil. 

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